Norma deja al “procedimiento administrativo” solución de conflictos interdepartamentales
•El diputado Franz Choque alerta sobre la situación,
por tanto reitera que se debe recusar al Viceministro Gregorio Aro
Martes, 20 de julio de 2010 - Oruro - Regional
LA PATRIA
Uno de los 11 puntos exigidos por la dirigencia cívica del hermano departamento de Potosí, se enmarca en la explicación de parte de sus parlamentarios a las modificaciones producidas en la flamante Ley Marco de Autonomías referidas a los procesos administrativos de conflictos limítrofes, que en primera instancia planteaba la figura de un referendo dirimitorio para la delimitación de unidades territoriales, contemplado también en
“En el caso “Coroma–Quillacas” la dirigencia potosina sabe que Oruro tiene más población en la franja territorial en disputa, a todas luces podíamos salir victoriosos de una consulta a los comunarios, por eso iniciaron su huelga de hambre para dejar en suspenso el referéndum dirimitorio”, explicó el diputado Franz Choque Ulloa.
El diputado, señaló que
Artículo 269 CPE:
I. Bolivia se organiza territorialmente en departamentos, provincias, municipios y territorios indígena originario campesinos.
II. La creación, modificación y delimitación de las unidades territoriales se hará por voluntad democrática de sus habitantes, de acuerdo a las condiciones establecidas en
Ent
La Ley Marco de Autonomías en su artículo 17, referido a Conflicto de límites, señala:
I. Los conflictos de límites existentes entre las unidades territoriales serán dirimidos por referendo, a solicitud del órgano ejecutivo y a convocatoria de
II. La convocatoria a referendo se realizará a los habitantes de áreas urbanas y/o de comunidades, según corresponda, sobre el área territorial en disputa, cumpliendo requisitos y condiciones que establece la ley especial, previa elaboración de informe técnico-jurídico emitido por la autoridad nacional competente.
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