martes, 7 de enero de 2014

Ley busca sancionar con 3 a 8 años de cárcel a avasalladores

Lunes, 23 de diciembre de 2013
LA PATRIA, Bolivia - Nacional

Por unanimidad fue aprobada la ley contra el avasallamiento y tráfico de tierras en la Cámara de Diputados este sábado, la cual incorpora en el Código Penal dos tipos penales como el tráfico de tierras y el avasallamiento que a partir de su promulgación estas acciones antijurídicas tendrán una sanción de 3 a 8 años de cárcel para las personas que incurran en esta transgresión.

El diputado de Convergencia Nacional (CN), Franz Choque Ulloa ponderó la aprobación de esta norma que se esperaba desde hace varias gestiones, considerando que en los últimos años este delito fue creciendo sin control.

"Por fin después de tantos años las autoridades nos han escuchado, el avasallamiento es un terrible mal que debe ser castigado y en Oruro hemos vivido bastantes casos de atentado contra la propiedad privada, muchas personas han quedado en estado de indefensión, porque el Código Penal no sancionaba el tráfico de tierras ni el avasallamiento" sostuvo.

Mencionó que según esta ley, que todavía está en tratamiento las demandas escritas o verbales, además pueden admitirse en el mismo día, y en el plazo de 24 horas debe efectuarse la inspección ocular, posteriormente en las notificaciones se señalará directamente la audiencia que deberá realizarse en las próximas 24 horas, indicó que este proceso es extremadamente breve, lo máximo que debería tardar en resolverse son tres días.

El legislador calificó de transitoria la norma sancionada, señaló que es una ley de emergencia por que sin duda será mejorada el 2014 cuando se apruebe la norma sustantiva y adjetiva penal, no obstante por el momento es una ley muy necesaria y que toda la población espera, destacó que desde la oposición se promovió la aprobación de esta ley.

Aclaró que esta ley no reemplaza al despojo, pues la norma establece el uso de la fuerza pública para la ejecución del desalojo y esta debe ejecutarse por la policía en un plazo máximo de 10 días, no es requisito agotar la jurisdicción agroambiental, la acción penal es independiente y puede ser activada por separado. 

AVASALLAMIENTO

Choque explicó que para fines de esta ley, se entiende por avasallamiento las invasiones u ocupaciones de hecho, así como la ejecución de trabajos o mejoras, con incursión violenta o pacífica, temporal o continua, de una o varias personas que no acrediten derecho de propiedad, posesión legal, derechos o autorizaciones sobre propiedades privadas individuales, colectivas, bienes de patrimonio del Estado, bienes de dominio público o tierras fiscales.

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